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viernes, junio 26, 2009

Amnistía Internacional castiga a Polonia por negar el acceso al aborto

By Piero A. Tozzi, J.D.

(NUEVA YORK – C-FAM) Recientemente, Amnistía Internacional ha publicado su informe sobre lo que considera ser el estado de los derechos humanos en el mundo. Lo que más interesa a los defensores de la vida es la campaña que esa organización lleva adelante para impulsar el “derecho” al aborto a nivel mundial.

En la entrada sobre Polonia , Amnistía acusa al país porque supuestamente “niega el acceso al aborto a las mujeres que cumplen con los requisitos exigidos por la ley”. Al mismo tiempo, alude a la crítica a la que fue sometida Polonia por parte del Consejo de Derechos Humanos en mayo de 2008. También censura al gobierno, en cuanto a que no implementó el fallo dictado en 2007 por la Corte Europea de Derechos Humanos, Tysiąc vs. Polonia, el cual se basa en el presunto “deber de establecer mecanismos efectivos para garantizar el acceso de las mujeres al aborto cuando este fuera legal”.

Sin embargo, los críticos denuncian que tanto la recriminación del Consejo de Derechos Humanos como la decisión de la Corte a la que alude Amnistía manifiestan claramente la tendencia, cada vez más frecuente, de los organismos de “derechos humanos” a imponer en los países obligaciones fundamentadas en preferencias sobre políticas sociales más que en principios jurisprudenciales concretos.

El fallo Tysiąc, que significó para el gobierno polaco una multa de € 25000, fue dictaminado en el caso de una mujer con una severa miopía, quien aseguraba que quedaría ciega si no se le practicaba un aborto. Los críticos sostienen que su reclamo no condecía con los hechos, y que la corte había ignorado la opinión de ocho expertos, entre los que se encontraban ginecólogos y oftalmólogos, que consideraron que no había ninguna relación entre su embarazo y su problema de vista.

El juez español de la Corte Europea de Derechos Humanos, Javier Borrego Borrego, expresó su enérgico disentimiento al señalar que la mayoría había optado por confiar en la opinión “aislada y confusa” de un solo médico clínico, para poder arribar al resultado pretendido. Esta visión tuvo eco en el International Journal of Human Rights, en el que Jakob Cornides escribió que la Corte “sencillamente... no estableció relación alguna entre los hechos y la ley”.

Al pregonar casos como el de Tysiąc y declaraciones realizadas desde agencias de Naciones Unidas para impulsar la agenda del aborto a escala mundial, Amnistía recurre a una estrategia que fue originalmente encabezada por el Centro de Derechos Reproductivos, estudio jurídico de interés público que promueve el aborto.

Según Susan Yoshihara, miembro de Catholic Family and Human Right's Institute (C-FAM, editor de Friday Fax), durante la conferencia Women Deliver, celebrada en Londres, en 2007, la coordinadora de Amnistía para “derechos reproductivos”, Stephanie Schlitt, comprometió al grupo a unirse al Centro de Derechos Reproductivos, para conseguir que el aborto sea reconocido como un derecho humano mediante el litigio, aduciendo, en parte, que se podía hallar tal derecho en algunos tratados sobre derechos humanos. Si bien admitió que los tratados no dicen nada acerca del aborto, Schlitt manifestó que una habilidosa defensa podría contribuir a que la “masa crítica” de funcionarios de la ONU y juristas de todo el mundo reconociera un nuevo “derecho al aborto”.

Hasta 2006, Amnistía Internacional mantenía su postura neutral respecto de este tema, y reconocía que no existía “ningún derecho al aborto aceptado en términos generales en la legislación internacional sobre derechos humanos". Desde que abandonó su neutralidad, Amnistía intervino frecuentemente en debates internos, en países como México y la República Dominicana, aduciendo –de manera incorrecta- que la legislación internacional exige que los países permitan el aborto.

c-fam.org



Adopcion Espiritual

sábado, mayo 30, 2009

Nuevo enfoque del derecho al aborto en la ONU


By Susan Yoshihara, Ph.D.

(NUEVA YORK — C-FAM) Los defensores del derecho al aborto en las Naciones Unidas van en busca de un nuevo enfoque que no mencione el aborto, promueva el derecho a la salud materna e imponga normas sobre “derechos reproductivos” en los Estados Miembros.

Al parecer, lo que motiva el cambio es la creciente confianza de los activistas y funcionarios de la ONU, quienes creen estar a punto de conseguir el derecho internacional al aborto. Según afirmaron el Centro de Derechos Reproductivos (CDR), Human Rights Watch, Amnistía Internacional y otros grupos, se sienten más seguros a medida que van ganando casos, particularmente en Colombia, ya que, en 2006, la decisión del tribunal constitucional de liberalizar el aborto en ese país se basó en la interpretación que los activistas hicieron de los tratados de la ONU.

Si consiguen un nuevo “derecho” a la salud materna en los próximos años, los defensores del aborto podrán consolidar sus avances y, a la vez, evitar ser controlados por sus adversarios. Así, una vez establecido el nuevo derecho, podrán afirmar que el aborto forma parte de las obligaciones internacionales. La “Iniciativa Internacional sobre Mortalidad Materna y Derechos Humanos" es un esbozo de la dimensión legal de esta clase de enfoque. El Proyecto fue anunciado en 2007 durante una conferencia de la ONU esponsorizada por la Alianza para la Salud de la Madre, el Recién Nacido y el Niño, la cual está constituida por UNICEF, la Organización Mundial de la Salud, el Banco Mundial, el Fondo de Población de la ONU y diversas organizaciones que defienden el derecho al aborto.

Un reciente “informe sombra” sobre Brasil que fue entregado al comité que supervisa el cumplimiento de la Convención Internacional sobre Derechos Sociales, Culturales y Económicos da indicios de la opción por un nuevo enfoque. El informe, elaborado por el Centro de Derechos Reproductivos (CDR), estudio jurídico especializado en derechos de aborto, se centra en aspectos básicos del cuidado de la salud materna, como, por ejemplo, la necesidad de contar con parteros cualificados. Un delegado de la ONU definió este nuevo intento como “una forma trillada de abordar el tema de los derechos al aborto”. El CDR recientemente respaldó su primer caso "modelo" en Brasil al patrocinar una queja presentada por los familiares de una mujer que murió al dar a luz, ante el comité que supervisa el cumplimiento de la Convención de la Mujer (CEDAW), si bien el caso no estaba relacionado con el aborto.

Al abordar el derecho al aborto desde la perspectiva de la salud materna, los defensores rechazaron otras vías más abiertas, como lo sería un nuevo tratado de las Naciones Unidas. Un memorando interno de 2003 , en el que se delineaba la estrategia legal del CDR para los siguientes cinco años, establecía: “Si hasta fines de 2007 determinamos que las normas existentes son inadecuadas (como lo demuestran las interpretaciones a las que apuntamos), entonces reconsideraremos la posibilidad de concertar esfuerzos para procurar un nuevo tratado internacional o un apéndice que cubra esa brecha”. El memorando, que fue conseguido por Friday Fax y posteriormente publicado en el Diario de Sesiones del Congreso de los Estados Unidos, también indicaba que esto debía señalar un cambio entre crear nuevas normas sobre el derecho al aborto y concentrarse en los “mecanismos de aplicación” a nivel nacional, regional e internacional.

Una parte importante de este proceso consiste en relacionar los derechos reproductivos con la salud materna entre los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Según UNICEF y el Fondo de Población de la ONU esa relación ya existe, pero los Estados Miembros de las Naciones Unidas lo niegan. Según la directora ejecutiva del Fondo de Población, Thoraya Obaid, para dar mayor legitimidad y conseguir que el mundo respalde económicamente la agenda sobre derechos reproductivos, resulta fundamental lograr que la “salud reproductiva” sea una de las metas del Quinto Objetivo de Desarrollo del Milenio.

Hipervínculos:
El CDR respaldó una queja ante la CEDAW:
Memorando interno de la CDR: http://www.c-fam.org/docLib/20090527_CRR_cong._record.pdf

fuente aquí

Adopcion Espiritual