DOMINGO PÉREZ. MADRID.
El Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid ha decidido reactivar la investigación de los fetos de más de siete meses encontrados en febrero de 2006 entre la basura de varias clínicas abortistas madrileñas para dilucidar si, como se sospecha, tenían aire en sus pulmones, lo que daría un giro macabro a las investigaciones judiciales y policiales que se llevan a cabo.
¿Qué importancia se le puede otorgar a este, en apariencia, nimio detalle? Un pediatra que prefiere no aportar su nombre explica para ABC las diferencias entre la respiración fetal y la de los neonatos. «El principal objetivo —señala— de la respiración es proporcionar oxígeno a la sangre y eliminar el CO2. El feto no lo necesita porque las arterias y venas umbilicales se encargan de ello. Por el ombligo, el feto está unido al sistema circulatorio de la madre que se encarga de hacerlo por él».
«En el seno materno, el feto tiene los pulmones llenos de líquido amniótico. En el momento del parto —prosigue— los pulmones se expanden, el líquido amniótico se reabsorbe, cambia la circulación del niño y los alveolos pulmonares del niño se abren para permitir la respiración autónoma. Nada más nacer, se pone en marcha todo este proceso».
Ahí se encuentra el «quid» de la cuestión. Respirar. Introducir aire en los pulmones. Esa es la liviana, casi imperceptible frontera que separa lo que sería un aborto legal de un supuesto homicidio. En el fondo, no deja de ser una hipocresía moral, pues como indica el doctor Josep Maria Simón, presidente de Médicos Cristianos de Cataluña, «nadie inteligente puede ver que haya diferencia entre que sea legal matar a un niño de siete u ocho meses si no ha nacido o ilegal si se encuentra fuera de la madre».
Este mismo planteamiento es el que ha llevado al diputado del PP Jorge Fernández Díaz a afirmar, en declaraciones a RNE, que «en España se practican abortos en madres que se encuentran en el sexto, séptimo y octavo mes de embarazo, lo que supone un infanticidio».
En cualquier caso, desde el punto de vista legal sí hay matices. Javier Pérez-Roldán, presidente del Centro Jurídico Tomás Moro, los explica: «El Código Civil señala que para considerar a un recién nacido “persona” deben transcurrir 24 horas desde la salida del seno materno». «Sin embargo —aclara—, a efectos penales un recién nacido sí es persona en el mismo momento en que nace, siempre que ese nacimiento pueda considerarse viable. Es decir, que poco importa que nazca tras seis, siete u ocho meses gestación. Es considerado persona en el que sí puede sobrevivir por sus propios medios sin la dependencia de la madre. Es verdad que en los casos prematuros los bebés necesitan estar en incubadoras, pero para ellos no es imprescindible estar dentro de la madre. De acuerdo con el Código Penal, acabar con la vida de un bebé una vez que ha nacido es un homicidio».
Y se retorna a la respiración. Para los médicos, es la prueba irrefutable de que un bebé ha nacido vivo. La discusión no deja de resultar dura. ¿Cómo puede un segundo marcar la legalidad de la ilegalidad? ¿Si el médico mata al feto a punto de salir cumple con la ley y si lo hace justo después no?
Cuestión moral y ética (y penal) que viene a cuento tras los descubrimientos efectuados por el Seprona de la Comandancia de Madrid de la Guardia Civil en febrero de 2006. Localizaron en varias clínicas madrileñas restos humanos en la basura (se habla de un centenar), desechos clínicos de todo tipo, medicamentos inductores al parto y numerosos datos personales de las mujeres que abortaban, nombres y teléfonos. Como ya adelantó ABC, algunos de los niños encontrados en la basura fueron enviados al Instituto Anatómico Forense, que certificó que había fetos que superaban los siete meses.
Siete fetos con aire
El atestado fue presentado por el Seprona ante el Juzgado de Instrucción número 6, el 21 de febrero de 2006. Pese a las evidencias encontradas, la causa fue archivada y reabierta posteriormente por el Juzgado de Instrucción 47, aunque se encuentra bajo secreto sumarial. La Comunidad de Madrid tampoco adoptó entonces ninguna medida. Es este último Juzgado el que ha reactivado el caso y, en concreto, investiga si entre la docena de fetos por encima de los siete meses de gestación encontrados, varios de ellos, al menos siete, tenían aire en los pulmones.
El doctor Simón, que ha seguido muy de cerca todas las indagaciones realizadas por los grupos pro-vida, incluida la búsqueda de pruebas en la basura, diferencia la forma de actuar del ginecólogo, Carlos Morín, ahora encarcelado, y las técnicas abortivas que se utilizaron para acabar con los fetos hallados en las clínicas madrileñas y ahora reinvestigadas.
«Morín —indica—, para realizar abortos “sin límite”, su especialidad (por encima de 24 semanas y hasta más allá de ocho meses), prefería, y así se lo explicaba a las madres, inyectar en el bebé, cuando aún se encontraba en el vientre, digoxina, un fármaco que se usa en los mayores para problemas de corazón, pero que en un feto origina la muerte por paro cardiaco. Luego provocaba el parto».
Este sistema es arriesgado. La sustancia inoculada puede originar problemas en la madre e incluso matarla, pero Morín era un virtuoso de esta operación y «prometía a sus pacientes absoluta seguridad». Tal vez por el riesgo a dañar a la madre, abortistas de menos pericia preferían otras fórmulas. «En una de las clínicas de Morín, en la que durante un tiempo se utilizó una trituradora para deshacerse de los restos, se sospecha que algunos ginecólogos sacaban a los niños, los agarraban por el cuello para que no gritaran (o no respiraran) y, medio asfixiados, los arrojaban a una picadora gigante, directamente conectada al desagüe», recuerda. «Sin embargo —concluye—, en Madrid lo que sucedía es que después de inducir al parto a las mujeres, a los bebés de más de 24 semanas los sacaban vivos y los mataban inmediatamente después de salir, por eso tenían aire en los pulmones, síntomas de haber respirado. En cualquier caso, para mí tan “infanticida” es un método como el otro».
Adopcion Espiritual
El Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid ha decidido reactivar la investigación de los fetos de más de siete meses encontrados en febrero de 2006 entre la basura de varias clínicas abortistas madrileñas para dilucidar si, como se sospecha, tenían aire en sus pulmones, lo que daría un giro macabro a las investigaciones judiciales y policiales que se llevan a cabo.
¿Qué importancia se le puede otorgar a este, en apariencia, nimio detalle? Un pediatra que prefiere no aportar su nombre explica para ABC las diferencias entre la respiración fetal y la de los neonatos. «El principal objetivo —señala— de la respiración es proporcionar oxígeno a la sangre y eliminar el CO2. El feto no lo necesita porque las arterias y venas umbilicales se encargan de ello. Por el ombligo, el feto está unido al sistema circulatorio de la madre que se encarga de hacerlo por él».
«En el seno materno, el feto tiene los pulmones llenos de líquido amniótico. En el momento del parto —prosigue— los pulmones se expanden, el líquido amniótico se reabsorbe, cambia la circulación del niño y los alveolos pulmonares del niño se abren para permitir la respiración autónoma. Nada más nacer, se pone en marcha todo este proceso».
Ahí se encuentra el «quid» de la cuestión. Respirar. Introducir aire en los pulmones. Esa es la liviana, casi imperceptible frontera que separa lo que sería un aborto legal de un supuesto homicidio. En el fondo, no deja de ser una hipocresía moral, pues como indica el doctor Josep Maria Simón, presidente de Médicos Cristianos de Cataluña, «nadie inteligente puede ver que haya diferencia entre que sea legal matar a un niño de siete u ocho meses si no ha nacido o ilegal si se encuentra fuera de la madre».
Este mismo planteamiento es el que ha llevado al diputado del PP Jorge Fernández Díaz a afirmar, en declaraciones a RNE, que «en España se practican abortos en madres que se encuentran en el sexto, séptimo y octavo mes de embarazo, lo que supone un infanticidio».
En cualquier caso, desde el punto de vista legal sí hay matices. Javier Pérez-Roldán, presidente del Centro Jurídico Tomás Moro, los explica: «El Código Civil señala que para considerar a un recién nacido “persona” deben transcurrir 24 horas desde la salida del seno materno». «Sin embargo —aclara—, a efectos penales un recién nacido sí es persona en el mismo momento en que nace, siempre que ese nacimiento pueda considerarse viable. Es decir, que poco importa que nazca tras seis, siete u ocho meses gestación. Es considerado persona en el que sí puede sobrevivir por sus propios medios sin la dependencia de la madre. Es verdad que en los casos prematuros los bebés necesitan estar en incubadoras, pero para ellos no es imprescindible estar dentro de la madre. De acuerdo con el Código Penal, acabar con la vida de un bebé una vez que ha nacido es un homicidio».
Y se retorna a la respiración. Para los médicos, es la prueba irrefutable de que un bebé ha nacido vivo. La discusión no deja de resultar dura. ¿Cómo puede un segundo marcar la legalidad de la ilegalidad? ¿Si el médico mata al feto a punto de salir cumple con la ley y si lo hace justo después no?
Cuestión moral y ética (y penal) que viene a cuento tras los descubrimientos efectuados por el Seprona de la Comandancia de Madrid de la Guardia Civil en febrero de 2006. Localizaron en varias clínicas madrileñas restos humanos en la basura (se habla de un centenar), desechos clínicos de todo tipo, medicamentos inductores al parto y numerosos datos personales de las mujeres que abortaban, nombres y teléfonos. Como ya adelantó ABC, algunos de los niños encontrados en la basura fueron enviados al Instituto Anatómico Forense, que certificó que había fetos que superaban los siete meses.
Siete fetos con aire
El atestado fue presentado por el Seprona ante el Juzgado de Instrucción número 6, el 21 de febrero de 2006. Pese a las evidencias encontradas, la causa fue archivada y reabierta posteriormente por el Juzgado de Instrucción 47, aunque se encuentra bajo secreto sumarial. La Comunidad de Madrid tampoco adoptó entonces ninguna medida. Es este último Juzgado el que ha reactivado el caso y, en concreto, investiga si entre la docena de fetos por encima de los siete meses de gestación encontrados, varios de ellos, al menos siete, tenían aire en los pulmones.
El doctor Simón, que ha seguido muy de cerca todas las indagaciones realizadas por los grupos pro-vida, incluida la búsqueda de pruebas en la basura, diferencia la forma de actuar del ginecólogo, Carlos Morín, ahora encarcelado, y las técnicas abortivas que se utilizaron para acabar con los fetos hallados en las clínicas madrileñas y ahora reinvestigadas.
«Morín —indica—, para realizar abortos “sin límite”, su especialidad (por encima de 24 semanas y hasta más allá de ocho meses), prefería, y así se lo explicaba a las madres, inyectar en el bebé, cuando aún se encontraba en el vientre, digoxina, un fármaco que se usa en los mayores para problemas de corazón, pero que en un feto origina la muerte por paro cardiaco. Luego provocaba el parto».
Este sistema es arriesgado. La sustancia inoculada puede originar problemas en la madre e incluso matarla, pero Morín era un virtuoso de esta operación y «prometía a sus pacientes absoluta seguridad». Tal vez por el riesgo a dañar a la madre, abortistas de menos pericia preferían otras fórmulas. «En una de las clínicas de Morín, en la que durante un tiempo se utilizó una trituradora para deshacerse de los restos, se sospecha que algunos ginecólogos sacaban a los niños, los agarraban por el cuello para que no gritaran (o no respiraran) y, medio asfixiados, los arrojaban a una picadora gigante, directamente conectada al desagüe», recuerda. «Sin embargo —concluye—, en Madrid lo que sucedía es que después de inducir al parto a las mujeres, a los bebés de más de 24 semanas los sacaban vivos y los mataban inmediatamente después de salir, por eso tenían aire en los pulmones, síntomas de haber respirado. En cualquier caso, para mí tan “infanticida” es un método como el otro».
Adopcion Espiritual
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